Declaración anual de renta en El Salvador, conoce los beneficios y obligaciones.
En los primeros meses de cada año los salvadoreños debemos presentar nuestra declaración de renta según lo dicta la ley de nuestro país, pero algunos seguimos teniendo ciertas dudas tales como: ¿Realmente estamos obligados a presentarla? ¿Declarar la renta a tiempo conlleva algún beneficio? y ¿Hasta cuando exactamente podremos presentarla? Trataremos de responder estas preguntas.
1. ¿Cuándo presentar nuestra declaración de renta según la ley en El Salvador?
Según el Art. 48 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta. La declaración de Renta debe presentarse los primeros 4 meses del año, para este año 2024 la fecha máxima de presentación es 30 de abril; en donde se deben incluir todos los ingresos, costos y gastos del año 2023.
2. ¿Qué beneficios conlleva presentar la declaración de renta?
Te compartimos algunos beneficios de presentar su declaración de renta anual.
- Es necesaria para solicitar productos financieros tales como: Créditos o mejorar tasas de interés.
- Puede facilitar la obtención de créditos en entidades no financieras tales como créditos por vivienda, vehículos, telefonías e incluso electrodomésticos o muebles.
- De igual forma es de valiosa importancia para poder aplicar a una VISA.
- Por último, es una obligación y hay que cumplirla para poder dormir en paz.
3. ¿Quiénes están obligados a hacer su declaración de Renta?
Según la ley del Impuesto Sobre la Renta en el Articulo 92 lista quienes son los obligados a presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta, detallados a continuación.
- Las personas naturales con ingresos superiores a $4,064.00 de acuerdo con las tablas estipuladas en el Artículo 37 de la LISR.
- Todas las personas jurídicas, es decir sociedades como las S.A. o R.L.
- Todas las empresas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad formal.
- Toda persona a la que se le hubiere retenido renta.
- Los que ya presentaron por primera vez su declaración esto quiere decir que una vez presentada la declaración, debes hacerlo siempre, aún y cuando el siguiente periodo te toque presentarla a cero.
- Las sucesiones.
- Los fideicomisos.
- Los conjuntos culturales, artísticos, deportivos o similares, no domiciliados, es decir que no son del país, como cuando viene un conjunto de artístico a presentarse en concierto, están obligados a pagar y presentar su declaración de la renta.
- Todos los inscritos al IVA ( LEY DE IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y A LA PRESTACION DE SERVICIOS)
Si cumple con alguna de las anteriores clasificaciones SI esta obligado a presentar tu declaración de renta.
Por ultimo consideramos importante no dejar tu declaración de renta hasta el ultimo momento, ya que esto podría complicar su presentación. Acércate a tu contador de confianza e inicia tu proceso lo antes posible.
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David Velásquez Gómez.Auditores y Consultores en El Salvador.
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